Comunicado de prensa

El presidente de AFT, Randi Weingarten, celebra la decisión de la Corte Suprema de proteger a los trabajadores LGBTQ de la terminación

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WASHINGTONEn respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo en Bostock v. Condado de Clayton donde la mayoría decidió que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación laboral por motivos de sexo, también se aplica a las personas homosexuales y transgénero, el presidente de la Federación Estadounidense de Maestros, Randi Weingarten, emitió la siguiente declaración. El sindicato presentó un amicus brief en nombre de los peticionarios.

“Recordaremos este día. Este es un momento histórico para los derechos de los homosexuales y las personas transgénero en Estados Unidos, cuando el tribunal más alto en la tierra dictamina, 6-3, que las palabras del Título VII significan lo que dice: que los trabajadores LGBTQ están protegidos contra la discriminación en el lugar de trabajo. En términos sencillos, la orientación sexual y la identidad de género no son delitos susceptibles de despido. Este es un paso vital, particularmente porque la administración Trump trabaja para desmantelar los derechos y libertades de las personas LGBTQ de muchas otras maneras. 

“A medida que nuestra nación se enfrenta a las crisis de salud pública, justicia económica y racial que seguimos enfrentando, regocijémonos, por un momento, en esta importante victoria para cada persona homosexual y transgénero que ahora puede levantarse e ir a trabajar todos los días. día sin el manto de miedo de que su empleador pueda despedirlos simplemente por ser ellos mismos. En el fallo, el juez Gorsuch escribe que no podemos separar la discriminación de género de la discriminación basada en identificación sexual o identidad de género. No podríamos estar más de acuerdo. Hoy, estamos un paso más cerca de lugares de trabajo más justos en Estados Unidos ".

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La AFT representa 1.7 millones de maestros de pre-K a 12thth; paraprofesionales y otro personal relacionado con la escuela; facultad de educación superior y personal profesional; empleados del gobierno federal, estatal y local; enfermeras y trabajadores de la salud; y educadores de la primera infancia.